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    Líneas de Descuento Comercial

    Desde Legorburo Consultores y con nuestra amplia experiencia y conocimiento en financiaciones a empresas podemos aliviarle su deuda así como la gestión de su circulante a través de las líneas de descuento comercial.

    Una Línea de Descuento Comercial es una operación bancaria destinada a proporcionar liquidez a la empresa transformando en dinero efectivo los créditos comerciales concedidos a sus clientes. La entidad financiera anticipa a su cliente, previa deducción del interés, el importe de un crédito comercial frente a un tercero, siempre que este no esté vencido.

    La línea de descuento comercial nos permite anticipar el importe de la deuda contraída por los clientes, a favor de nuestra empresa, sin tener que esperar al transcurso del plazo concreto, lo cual permite reinvertir, una vez cobrado el descuento, el importe obtenido en la explotación del negocio. Ello ejerce un efecto de mayor rotación sobre el activo corriente debido a que se reduce el periodo de maduración al incidir sobre el periodo que se tenga sobre el cobro a clientes.

    Una segunda característica del descuento comercial es la liberación de la carga administrativa que supone el cobro de los créditos que han sido cedidos.

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    Clases de Descuentos Comerciales según la frecuencia con la que se lleven a cabo:

    • Descuento Circunstancial: Descuento de operaciones esporádicas que realizan aquellas empresas que no descuentan habitualmente.
    • Línea de Descuento o Clasificación Comercial: En este caso se realiza habitualmente el descuento y las entidades financieras se comprometen a descontar los créditos que le presente su cliente por un periodo especificado entre ambos y una cuantía determinada. La línea de descuento comercial puede ser a su vez:
      - Rotativa: Se descuentan efectos comerciales a medida que van venciendo los que ya han sido descontados, siempre y cuando no se supere el límite que haya concedido la entidad financiera.
      - No Rotativa: No se pueden cubrir los efectos comerciales que se vayan produciendo con nuevas operaciones.

    Clases de Descuentos Comerciales según la responsabilidad del cedente:

    • Con Recurso: El cedente efectúa la cesión del documento, pero si éste resultara impagado, la entidad financiera que descuenta, tiene el recurso de exigir el pago al cedente.
    • Sin Recurso: En caso de que se produzca impago del crédito cedido, la entidad financiera que lo descontó no podrá exigir el pago al cedente, que únicamente se obligará de responder de la existencia y legitimidad del crédito que transmite.

    Clases de Descuentos Comerciales según exista o no soporte físico:

    Aparte del descuento convencional, en el cual el cedente entrega a la entidad financiera un documento físico, nos encontramos con otro tipo de descuento, en el que el documento físico es sustituido por soportes magnéticos o por una transmisión de ficheros del cedente a la entidad de crédito.

    Documentos a descontar en función de los créditos cedidos:

    • Descuento de documentos con valor ejecutivo: cuando lo que descontamos son letras de cambio, pagarés u otros efectos comerciales de carácter ejecutivo.
    • Descuento de créditos ordinarios: por ejemplo, Recibos.
    • Reconocimientos de deuda: Certificaciones (por ejemplo, de la Administración Pública).

    Obligaciones de la Entidad Financiera y el Cedente:

    • Entidad Financiera:
      - Entregar el importe de los créditos descontados en la forma en la que se hubiera pactado.
      - Actuar diligentemente en la gestión del cobro de las mismas.
    • Cedente:
      - Proporcionar a la entidad financiera el crédito descontado.
      - Asumir el coste del descuento.
      - Responder de la existencia y legitimidad de los créditos cedidos.
      - Restituir el importe de los créditos descontados que resulten impagados y que fueran “con recurso”.

    Riesgo de las operaciones de descuento:

    El riesgo de este tipo de operaciones descansa en la solvencia del obligado al pago (librado).

    Liquidación de los descuentos:

    • Descuento ordinario: Las comisiones y los intereses se calculan en función del plazo que hay entre la fecha de descuento y la fecha de vencimiento. Se aplican intereses en función del riesgo que conlleve el efecto comercial.
    • Forfait: La entidad financiera nos aplicará un único tipo de interés y una comisión que siempre será fija, todo ello independientemente del plazo de vencimiento que tengan los efectos a descontar.

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