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Swaps de Tipo de Interés: Swaps Bonificados-Legorburo Consultores

El presente artículo es continuación del artículo “Swaps Bonificados I”, en donde realizamos una introducción al concepto de esta estructura de Swap de Tipo de Interés, a sus principales elementos y a la modalidad de intercambio del mismo.

En este artículo analizaremos y determinaremos la Estructura y los Riesgos de los Swaps Bonificados con el principal fin de clarificar las características y riesgos asociados en la contratación de esta tipología de Derivados Financieros.

Estructura de un Swap Bonificado

Los Instrumentos que conforman la Estructura de un Swap Bonificado desde el punto de vista del Comprador de la Estructura son:

1) Compra de un IRS

El Comprador de la Estructura (Swap Bonificado), está, implícitamente adquiriendo, en primer lugar, un Interest Rate Swap (IRS) por el cual se compromete a pagar un tipo de interés fijo, a cambio de recibir un tipo de interés variable (Tipo de Interés Variable II).

2) Venta de una Opción Call sobre Tipos de Interés: CAP Estándar “Techo”

Esta opción obliga al vendedor de la misma (Comprador del Swap Bonificado “Cliente”) a pagar la diferencia entre el Tipo de Referencia y el strike (Nivel Barrera Aplicable) cuando el Tipo de Referencia >, Barrera Aplicable , (Strike Barrera Aplicable).

La venta de esta opción “CAP Estándar”, por parte del “Comprador del Swap Bonificado”, tiene como principal objeto la mejora del Tipo fijo contratado en el IRS anteriormente indicado, estando así, el nivel del Tipo Fijo por debajo del contratado en un IRS estándar.

3) Venta de una Opción Call Digital o Binaria sobre Tipos de Interés: CAP Digital.

Esta opción obliga a pagar una cantidad fija determinada (Pay off o Cash) al vendedor de la misma (Comprador del Swap Bonificado “Cliente”) en los casos en los que el Tipo de Referencia >, Strike de la Opción (Nivel de Barrera Aplicable).

La venta de esta opción “CAP Digital”, por parte del “Comprador del Swap Bonificado”, tiene como principal objeto la mejora del Tipo fijo contratado en el IRS anteriormente indicado, estando así, el nivel del Tipo Fijo por debajo del contratado en un IRS estándar.

Riesgo Financiero General de un Swap Bonificado

Esta Estructura (Swap Bonificado) supone un riesgo básico sobre la evolución de los tipos de interés, toda vez que la persona física o jurídica se obliga a pagar unos intereses fijos mientras que recibe los variables correspondientes a cada periodo.

Se estará, incurriendo en pérdidas, o en su caso, en un coste de oportunidad, mientras el Tipo de Referencia no supere el nivel fijo contratado en la operación de cobertura (Tipo de Referencia <, Tipo Fijo a pagar por el Cliente). Del mismo modo, para un tipo de referencia por encima del nivel de la Barrera Aplicable, el Comprador de la Estructura (Swap Bonificado) deja de beneficiarse del Tipo Fijo y pasa a estar referenciado a la tasa flotante (Tipo de Interés Variable I) menos una subvención. Por tanto se asume igualmente un riesgo derivado de escenarios alcistas en los tipos de interés, donde si el Tipo de Referencia supera el nivel de barrera para el periodo, la cobertura dejará, de ser a tipo fijo, convirtiéndose en una “cobertura”, a tipo variable en la que la persona física o jurídica consigue financiación a tasa flotante, Tipo de Referencia menos un diferencial (Subvención).

El Comprador de un Swap Bonificado sobre tipos de interés está, evidenciando implícitamente unas expectativas moderadamente alcistas sobre la evolución del precio del dinero, a la vez que una volatilidad del subyacente (Tipo de Referencia: Euribor,Libor…) bajista. Podría ocurrir que una persona física o jurídica que opta por cubrir su deuda con esta estructura, ante un movimiento de subida de tipos acusada, vuelva a quedar referenciada al tipo variable. De manera que el Comprador de la Estructura quedará, referenciado al tipo variable de referencia menos un margen (subvención) , en un entorno de tipos altos donde las barreras se han “activado”, dado que sus costes financieros habrán aumentado proporcionalmente al movimiento adverso del mercado. 

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