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Swaps derivados financieros de doble filo-Legorburo Consultores

El periodo 2007-2008, se caracterizó, por el notorio incremento en la comercialización y contratación de esta tipología de derivado financiero entre las entidades financieras y personas físicas o jurídicas (Pymes principalmente), la cuáles, “generalmente», son categorizadas como “Inversores Minoristas”.

La caída de conocidos Bancos de Inversión, tales como, Lehman Brothers, (4ª, Trimestre del año 2008) marcó, el inicio de los abruptas bajadas en los Tipos de Interés por parte de las principales autoridades financieras (BCE, FED…), hecho, que evidenció, el “filordquo;, mas cortante para los contratantes de esta tipología de productos.

Las consecuencias finales: Agravamiento de la situación económico patrimonial de las personas físicas o jurídicas contratantes de esta tipología de productos financieros.

Este hecho lleva a replantearse, y analizar desde el inicio, ¿Qué, es un derivado financiero?, y especialmente ¿Qué, es un “Swap”?, esperemos que con el presente artículo y sucesivos, podamos aclarar, y estructurar la información, poniéndola a disposición de aquellos que han comprobado el posible “doble filo”, o incluso un único “filo”, de los derivados financieros.

Los Instrumentos Derivados son productos financieros generados a partir de otros de naturaleza más sencilla –subyacente- (Tipo de Interés, Divisa,…), basándose en principios de apalancamiento por los que su negociación resulta mucho menos costosa en términos de asignación de recursos, es decir, en la mayoría de los casos no se requiere de un desembolso del importe nominal del Instrumento Derivado contratado.

Habitualmente la compra de productos derivados traerá, consigo una serie de derechos y/u obligaciones según su definición.

Los , Instrumentos Derivados  y los Mercados de Derivados han ido teniendo un profundo desarrollo a lo largo de las últimas tres décadas, y especialmente en esta última. Fue en el año 1981, cuando se produjo una de las recientes innovaciones financieras, la primera contratación de un Swap (Permuta Financiera), entre la compañía IBM y el Banco Mundial, y a raíz de la misma se han ido desarrollando las distintas coberturas de tipos de interés más comunes (Swaps Bonificados, CAPs, Collars, Floors;…).

Volviendo a nuestros replanteamientos y expuesto en definitiva lo que es un Instrumento Derivado, nos deberíamos plantear, ¿Que es un “Swap”?.

Un Swap es un acuerdo por el cual dos partes intercambian dos corrientes de pagos de intereses en la misma (Swap de Tipos de Interés) o en diferentes monedas (Swap de Divisas). Dichas corrientes pueden ser ciertas o no en el momento del acuerdo, pero en todo caso en dicho acuerdo quedan establecidas las bases sobre las que serán calculadas.

Existen diversas , tipologías de Swaps, sin embargo los Swaps con mayor repercusión mediática  han sido los Swaps de Tipo de Interés dado su mayor grado de comercialización  por parte de las Entidades Financieras entre las personas físicas y/o personas jurídicas.

Las Tipologías de Swaps de Tipo de Interés son principalmente dos:

a) Interest Rate Swap (IRS) o Coupon Swap: Intercambio de flujos de interés a tipo fijo por otros a tipo variable en la misma moneda (divisa).

b) Basis Swap: Intercambio de flujos de interés a tipo variable por otros a tipos de interés también variables de la misma divisa, aunque con bases o frecuencias distintas.

La comercialización generalizada de estos productos ha sido tradicionalmente dirigida a permitir variar el perfil de riesgo de una financiación (Préstamos, Líneas de Crédito,…) por parte del Cliente (Persona Física y/o Jurídica), sin necesidad de modificar las condiciones originales del préstamo, aunque también han sido instrumentos válidos para cubrir el riesgo de posiciones de Activo (Depósitos, Imposiciones a Tipo Fijo…) por parte del Cliente (Persona Física y/o Jurídica). En definitiva, son a priori coberturas de Tipos de Interés, pero en las cuáles se asume un riesgo implícito derivado de las expectativas de evolución de los tipos de interés de referencia.

Su uso y comercialización, generalmente ha estado destinado a “Inversores Cualificados», conocedores de conceptos esenciales del mundo de las finanzas y con conocimientos de los riesgos asociados a la contratación de estos productos. Sin embargo, especialmente durante el periodo 2007-2008 en España dicha tipologías de productos fueron comercializadas entre lo que se cataloga como “Inversores Minoristas”, personas físicas y/o Pymes con escasos o nulos conocimientos de esta tipología de productos.

A raíz de la abrupta caída de los Tipos de Interés a partir de 2008 se han evidenciado los riesgos asociados a su contratación, debido principalmente al no conocimiento implícito del propio inversor como del propio desconocimiento de los comercializadores de los mismos, lo que ha desatado las actuales consecuencias -Pérdida Patrimonial- para los contratantes, que voluntariamente o no, adquirieron estos instrumentos financieros. Derivado de estas consecuencias, un gran número de contratantes ha denunciado esta situación ante los organismos reguladores tales como el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la propia Entidad Financiera comercializadora del instrumento derivado y por la propia vía judicial lo que ha generado la necesidad de aportar un informe especializado de , Peritaje de Derivados Financieros para dotar de rigor e imparcialidad las reclamaciones interpuestas.

Es por tanto necesario conocer, las cuestiones “técnicas», desde un punto de vista riguroso pero lo más alejado posible de tecnicismos, para la compresión de los instrumentos derivados de manera “intuitiva», y por tanto tener un conocimiento amplio de lo contratado. En posteriores artículos iremos desarrollando los diferentes tipos de Swaps mas comercializados por las Entidades Financieras para la obtención de un entendimiento global de su funcionamiento. 

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