En el artículo anterior “¿Cuál es el contenido de una Propuesta de Convenio de Acreedores?” explicamos en detalle qué, es y en qué, consiste una Propuesta de Convenio de Acreedores. Mencionamos, a su vez, que dentro del Concurso de Acreedores, uno de los apartados más importantes, en la práctica, es determinar quién y cuándo se puede solicitar el concurso. Explicamos que la solicitud de presentación a Concurso de Acreedores puede ser instada tanto por el deudor como por alguno de sus acreedores. , Cuando lo presenta el deudor, ya sea persona física o no, nos encontramos en presencia de un concurso voluntario, siendo posible, en dicho momento, la presentación de una propuesta anticipada de convenio de acreedores, si la solicitud de concurso la presenta el acreedor, entonces nos encontramos frente a un concurso necesario. ,
- Cuando haya sido condenado por falsedad documental, y otra serie de delitos tipificados en el art.105.1 de la Ley Concursal.
- Si el deudor hubiera incumplido en alguno de los 3 últimos ejercicios la obligación del Depósito de las Cuentas Anuales.
- Si el deudor no está, inscrito en el Registro Mercantil (caso de personas jurídicas).
- Si el deudor ha estado incurso en algún otro concurso de acreedores hace menos de 3 años desde la conclusión del anterior.
- Si en los 3 años anteriores a la solicitud de la propuesta anticipada ha realizado determinados actos que se recogen el art.105.1. (pago de obligaciones no vencidas, disposición de bienes o derechos a título oneroso a favor de un tercero relacionado con el concursado, en condiciones que no sean las normales del mercado, etc.).
- Si el deudor ha incumplido el deber de solicitar la declaración de concurso, etc.
- SECCIÓN PRIMERA.- Lo relativo a la declaración de concurso, a las medidas cautelares, a la resolución final de la fase común, a la conclusión y, en su caso, a la reapertura del concurso.
- SECCIÓN SEGUNDA.- Lo relativo a la administración concursal del concurso, al nombramiento y al estatuto de los administradores concursales, a la determinación de sus facultades y a su ejercicio, a la rendición de cuentas y, en su caso, a la responsabilidad de los administradores concursales.
- SECCIÓN TERCERA.- Lo relativo a la determinación de la masa activa, a la sustanciación, decisión y ejecución de las acciones de reintegración y de reducción, a la realización de los bienes y derechos que integran la masa activa, al pago de los acreedores y a las deudas de la masa.
- SECCIÓN CUARTA.- Lo relativo a la determinación de la masa pasiva, a la comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de créditos. En esta sección se incluirán también, en pieza separada los juicios declarativos contra el deudor que se hubieran acumulado al Concurso de Acreedores y las ejecuciones que se inicien o reanuden contra el concursado.
- SECCIÓN QUINTA.- Lo relativo al convenio o, en su caso, a la liquidación.
- SECCIÓN SEXTA.- Lo relativo a la calificación del concurso y a sus efectos